Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia del imputado: RAFAEL ANTONIO SERRANO, SEGUNDO: el Tribunal ordena la practica del examen medico psiquiátrico para el investigado de autos, oficiando a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub- Delegación El Vigía estado Mérida, a los fines de que se le practique con la urgencia del caso. TERCERO: En espera del informe medico psiquiátrico practicado al imputado de autos, el Tribunal decreta para este investigado Rafael Antonio Serrano Duran, medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en la presentación de caución económica equivalente a treinta ( 30) unidades Tributarias, prevista en el articulo 257 en concordancia con el articulo 258 C.O.P.P, consistente en la presentación de uno o dos fiadores, que satisfagan las condiciones o re.....