Es. Por ello que este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA la realización de la VISITA DOMICILIARIA solicitada a los fines de ubicar e incautar sustancias estupefacientes o psicotrópicas, armas de fuego y objetos provenientes del delito, observándose la presunta comisión de hechos punibles perseguibles de oficio, en los cuales aparecen como investigado (s) PERSONAS AUN POR IDENTIFICAR., a ser realizada por una comisión al mando del funcionario Cabo Segundo (PM) ABEL MOSQUERA, adscrito al Grupo de Reacción Inmediata de la Comisaría Policial No. 04, de esta Ciudad de El Vigía, Estado Mérida, siempre bajo la instrucciones del Ministerio Público, quienes deberán Mostar al (los) ocupantes del señalado inmueble la orden respectiva, así com.....