es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA VÁLIDA Y PROCEDENTE EN DERECHO, la solicitud de Oferta Real de Pago efectuada por el ciudadano FREDDY REYNALDO MONTILVA CALDERÓN, venezolano, soltero, mayor de edad, de profesión Arquitecto, titular de la cédula de identidad número V-4.484.225, domiciliado en la Ciudad de Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de OFERENTE, debidamente representado por el Abogado en ejercicio JAVIER E. ROJAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.022.571, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 77.539, del mismo domicilio y jurídicamente hábil, en favor de la ciudadana ANA TERESA VETENCOURT PIÑERO, venezolana, soltera, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad .....