DISPOSITIVA:
Por lo tanto, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, le otorga el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al penado, ciudadano: DAIVAN OSCAR PARRA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.895.712, nacido en fecha 22-02-1985, de 21 años de edad, soltero, de profesión obrero, domiciliado en la Vía Principal de San Jacinto, Portachuelo, Calle San Lorenzo, Mérida, Estado Mérida, hasta el día: 28-04-2009, fecha en la que termina de cumplir la pena corporal impuesta en la Sentencia Condenatoria.
Además de ello, el Tribunal le impone las siguientes condiciones:
1) Mantenerse activo laboralmente he informar al Delegado de Prueba sobre cualquier cambio realizado.
2) Mant.....