De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano LISBETH ALCALÁ DÍAZ, venezolana, natural Mérida, nacida en fecha 08/07/1971, de 42 años de edad, estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° 10.224.177, grado de instrucción T.S.U en Administración, hija de Eugenia Díaz (f) y Juan José Alcalá (v) , con domicilio en: Av. San Martín, Residencias Sonia, Torre II, Piso 19, apartamento 196. Teléfonos: 0212-4520072 y 0412-6034028, por la comisión del delito de SUPOSICIÓN DE VALIMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 79 de la Ley Contra la Corrupción, en concordancia con lo previsto en el artículo 99 del Código Penal vigente, y por aplicación de los artículos 37, 74 del Código Penal y el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), en consecuencia se le se condena a los a.....