PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Estudiadas como han sido las razones de hecho y de Derecho que esgrime la representación Fiscal, en su condición de titular de la acción penal, éste tribunal emite como UNICO PRONUNCIAMIENTO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autorizar al Ministerio Público a prescindir del ejercicio de la acción penal, y a la aplicación de un PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD, ( como medida alterna a la prosecución del proceso) toda vez que observa que se cumplen los presupuestos a que se refiere el artículo 37 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, con fundamento al artículo 108 numeral 6, 48 ordinal 5to ejusdem, 318 ordinal 3ero a favor de la ciudadana OLGA JEREMÍAS MENDOZA ZERPA, venezolana, mayor de edad, de 28 años de edad, soltera, residenciada en el sector San Antonio, casa de color rosado, dos plantas, vía Pedregal, vía del Campo, Chiguará, Estado Mérida, orde.....