En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la demanda por DESALOJO propuesta por el ciudadano GIOCONDO BUSO BONATO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.046.768, representado por el abogado en ejercicio Pablo Izarra González, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 5.299, en contra del FREDDY ALBERTO MENDEZ UZCATEGUI, como consecuencia de la CONFESION FICTA, en que incurrió el demandado de autos. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se ordena al ciudadano FREDDY ALBERTO MENDEZ UZCATEGUI, hacer entrega inmediata al ciudadano GIOCONDO BUSO BONATO, en su carácter de propietario ambos identificados, el inmueble q.....