En orden al cumplimiento de los extremos legales del artículo 185, 1er y 2do aparte del Código Civil, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSION EN DIVORCIO DE LA PRESENTE SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: MIGUEL ÁNGEL VALECILLOS VIELMA y ANDREA COROMOTO MONCAYO JAUREGUI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.458.851 y V-9.474.395, en su orden respectivamente, domiciliados actualmente el primero de ellos en Residencias El Rodeo, Torre B, piso 7, Apartamento 7-3 de esta ciudad de Mérida; y la segunda en Residencias El Trapiche, Edificio "C, 2do piso, apartamento 2-4 de la Parroquia Montalban Municipio Campo Elías de la ciudad de Ejido Estado Mérida, asistidos por la abogado en ejercicio M.....