DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, formulada por los ciudadanos: JASMIN EDELMIRA GARCIA IZARRA y FRANCISCO JAVIER HIDROBO TORRES, antes identificados, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial existente entre los referidos ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado en fecha veintiocho de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho (28-12-1998), por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Carvajal, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, hoy Registro Civil Municipal, Carvajal, Estado Trujillo, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 59.