Declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Obligación Alimentaria propuesta por la ciudadana: PRIMMY RUBYTH PORTILLO PERALTA, ya identificada, contra el ciudadano: FRANCISCO JAVIER TORO PEÑA, igualmente identificado a favor de su hija, la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, de siete (07) años de edad. En consecuencia de tal declaratoria se condena al pago de la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.680.000,oo), discriminadas de la siguiente manera: 1.-Por concepto de obligaciones alimentarias vencidas y no pagadas la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.200.000,oo) correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2006, enero, febrero, marzo, abril del 2007 a razón de Bs. 100.000, mensual. 2.- Por concepto de bonos especiales la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo), correspondiente al bono escolar del año 2006 y al bono decembrino del mismo año por la c.....