Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,presentadapor la ciudadana CARMEN PÉREZ MONTILLA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.281.458, correo electrónico: perezcarmenmontilla@gmail.com, teléfono 0426-6260487, domiciliada en la Azulita, Calle Principal, Casa s/n, Parroquia La Azulita, Municipio Andrés Bello, del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por la ABG. YUSNEY ANDREINA OCANDO PUENTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.884.890, Inscrita en el Inpreabogadobajo elN° 182.131, con el carácter de Defensora Pública Auxiliar Primera de competencia Civil, Mercantil y Transito de la unidad de la Defensa Pública del estado Mérida, con domic.....