Este Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de La circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA DEMANDA, interpuesta por la por la parte actora ciudadana MARGARITA ARTEAGA DE SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.022.497, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida; por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO; contra el ciudadano ROLY ANTONIO MORILLO MONTERO, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 6.097.975, de este mismo domicilio. En consecuencia, no se condena al demandado ciudadano ROLY ANTONIO MORILLO MONTERO, ya identificado, a efectuar la entrega del inmueble conformado por un local comercial, ubicado en la calle 3 del Barrio El Carmen, signado con el No. 16-191, de esta ciudad de El vigía, .....