Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado JORGE DE JESÚS AGUDELO ALVAREZ, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E-81.914.258, natural de la Paz del Río, Boyacá, República de Colombia, nacido en fecha 16-03-1.960, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Félix Agudelo y de Herminia Álvarez, residenciado en la Carrera 1, Barrio Chacao, Sector El Silencio, Casa S/Nº, Parroquia Las Cocuizas, Municipio Maturín, Estado Monagas, Teléfono 0416-3980909, por el plazo de SIETE (07) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, contados a partir del día siguiente a la Imposición de la prese.....