Este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La NULIDAD ABSOLUTA de la APREHENSIÓN del ciudadano YTALO ANTONIO VIELMA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.142.510, de 29 años de edad, nacido en fecha 25 de septiembre de 1977, hijo de Antonio Vielma (v) y Teotiste Avendaño (v), oficio: operador de maquinaria pesada en la Empresa Minca, grado e instrucción: Primer Año de Bachillerato, natural de El Vigía Estado Mérida, residenciado en Zona Nueva, casa N° F-34, calle principal, Tucaní, Estado Mérida, teléfono N° 0424-7472895; de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del COPP, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo.....