DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano: IVOR JOSÉ GAVIDIA PUENTES, venezolano, mayor de edad, nacido en esta ciudad de Mérida, en fecha 09-12-1973, de 35 años de edad, soltero, de profesión taxista, titular de la cédula de identidad No. V-11.953.083, domiciliado en la Panamericana, Vía Jaji, Sector El Manzano Alto, Casa No. 04, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, teléfono: 0426-6761620, legalmente asistido por el abogado: MIGUEL EDUARDO MIJARES LISCANO, titular de la cédula de identidad No. V-7.259.619, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 62.619, domiciliado en la Avenida Urdaneta, Calle 50, Casa No. 3-48, teléfono: 2621198, Mérida Estado Mérida, y en consecuencia acuerda: La.....