PRIMERO: Este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CULPABLE al Ciudadano JULIO ALFONSO CUBILLÁN, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 1.806.513, natural de Santa Bárbara Estado Zulia, nacido en fecha 15-12-1925, de 79 años de edad, divorciado, de profesión u oficio, hijo de Regulo Alfonso Villasmil y de Ana Elisa Cubillán, residenciado en el Sector Los Pozones, Casa S/N°, entrada vía al Laberinto, a 100 metros de la entrada, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 primer párrafo del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 ordinal 2° ejusdem, en perjuicio del ciudadano Domiciano Sandoval. Siendo la pena a imponer de uno (01) a cinco (05) años de Prisión, siendo el término normalmente aplicable de tres (03) años de Prisión de conformidad con el ar.....