DECLARA: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LILY DAIBELIS CONTRERAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.486.767, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, en su condición de madre y representante legal de la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, asistida por el abogado GUILLERMO RAMIREZ MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.129.639, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 160.355, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, de fecha veintiocho (28) de Marzo de 2014. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento que antecede se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida de fecha veintiocho (28) de Marzo de 2014. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. CUARTO: Remítanse las pres.....