DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes indicado, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decretar de oficio: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en causa seguida al investigado HECTOR JULIO PEÑA, a quien se le sigue causa por el delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal vigente en perjuicio de los Funcionarios C/1RO JACOBO RODRÍGUEZ Y C/2DO JAVIER GARCÍA; por haberse EXTINGUIDO LA ACCIÓN PENAL, como consecuencia de su fallecimiento. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 4, 5, 6, 8, 13, 40, 48 numeral 1° 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 2, 26, 49 ordinal 5º, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ TEMPORAL DE CONTRO.....