En consecuencia, este Tribunal de Control No 3 del Circuito Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, la aprehensión en situación de flagrancia del imputado IRWING JAVIER ESCALONA , venezolano, nacido en fecha 01-02-1982 nacido Mérida, de 23 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.444.369, domiciliado en Entrada Santa Juana, casa 1-34, Estado Mérida, ocupación Obrero carpintería; por cuanto para el tribunal están satisfechos los supuestos del articulo 248 del código orgánico procesal penal, habiendo incurrido con su proceder en el delito de PORTE ILICITO DE ARMA (fuego), previsto y sancionado en el articulo 277 del código (reformado) penal y 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, ordenando la tramitación del procedimiento en contra de los mismos por la vía especial abreviada tal como lo contiene los artículos 372 y 373 del código adjetivo penal, se decreta al imput.....