Este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Declara extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JOSE ALFONSO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.604.108, natural de Mesa Bolívar, Estado Mérida, nacida en fecha 02-08-1979, de 31 años de edad, soltero, obrero, hijo de Josefa Flores (v),y padre desconocido, residenciado en el Cacerio Capazon, casa DT-144, vía Panamericana Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, teléfono 0416-9957747, por la presunta comisión del delito ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMA NATURALES AGRAVADA”, previsto sancionado en el articulo 58 de la Ley Penal del Ambiente. SEGUNDO: Se acuerda expedir copias certificadas de la presente decisión solicitada por el Minis.....