El Tribunal de conformidad con los artículos, 263, 444, 450 del Código de Procedimiento Civil y 1.364 del Código Civil, le imparte su homologación al convenimiento suscrito por la parte demandada en fecha 26 de Noviembre de 2010, en el juicio de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTOS PRIVADOS, incoado por el ciudadano MAURO JEREZ ALBARRAN, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº V-11.956.434, domiciliado en la población de Pueblo Llano Estado Mérida y hábil, asistido por el Abogado en ejercicio PAOLA MARGARITA RAMOS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A bajo N° 169.078, titular de la cédula de identidad N° V-19.593.532, domiciliada en la ciudad de Mérida e igualmente capaz, en su condición de comprador contra el ciudadano NEFRIO ALBARRAN QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.803.928, domiciliado en el sitio denominado Macasay, casa s/n del Vecindario La Culata de la poblaci.....