De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano DICK HARRY SÁNCHEZ LOBO, venezolano, natural de Mérida estado Mérida, nacido en fecha 17/09/1988, de 25 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 23.721.088, cuarto año de bachillerato, de ayudante de carpintería, hijo de María Coromoto Lobo (v) y Alberto Sánchez (f), con domicilio en: Municipio San Juan de Lagunillas estado Mérida, calle Victor Daniel Peña, casa número 09, (actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de 1.- ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, delito este previsto y sancionado en el artículo 357 tercer aparte del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos Orlando Valero y Lenin Fuentes, a cumplir la pena de: SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 1.....