Por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, intentada por el cónyuge ciudadano MISAEL DEL CARMEN SÁNCHEZ RUÍZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.499.452, domiciliado en esta ciudad de Mérida y hábil, en contra de su cónyuge ciudadana MARIA BARBARA ZERPA RONDÓN, quien es venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-5.206.255, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida y hábil, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, relativa al abandono voluntario en que incurrió la cónyuge demandada en contra de su cónyuge, por cuanto dicha causal quedó demostrada en autos. Y así se decide.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara .....