Se declaró SIN LUGAR la oposición interpuesta en fecha 23 de noviembre de 2004, por el demandado, ciudadano GABRIEL JOSÉ URDANETA RANGEL, contra la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 25 de octubre de 2004 sobre los inmuebles identificados en el fallo, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, en el juicio a que se contrae el cuaderno, seguido por la ciudadana SHEILA YALETTSI CASSALLAS MORA DE URDANETA, contra el prenombrado ciudadano, por divorcio ordinario. En consecuencia, se CONFIRMÓ dicha medida preventiva. Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 28 de junio de 2005, por el demandado contra la sentencia interlocutoria de fecha 08 de junio del citado año, proferida por el mencionado Tribunal, mediante la cual declaró sin lugar la oposición de marras. En consecuencia, con fundamento en los motivos de hecho y de derecho que .....