Por las razones anteriormente expuestas, de conformidad con los Artículos 2, 7, 25, 26, 49, 51 y 253 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en los Artículos 1185, 186, 189 y 190 del Código Civil y la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del año 2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE SEPARACION DE CUERPOS POR CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos MARIO DE JESUS SANTIAGO MONTILLA y YAMILECXY VERGARA RONDON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-17.661.354 y V-18.310.275, respectivamente, domicilia.....