DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, EN EL JUICIO DE ACCIÓN JUDICIAL DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, existentes entre los ciudadanos FLOR DE MARIA ALBORNOZ DE SOSA, RODRIGO ALBORNOZ MÁRQUEZ, RITA ALBORNOZ DE MUÑOZ, MARIA DIÓGENES ALBORNOZ RIVAS, ALEJANDRINA MÁRQUEZ DE RONDO, MARIA OTILIA MÁRQUEZ DE ALBORNOZ, PANFILA MÁRQUEZ, TERESA MÁRQUEZ DE ROJAS, GREGORIA ALBORNOZ MÁRQUEZ Y AGUEDA MÁRQUEZ DE SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.487.896, 4.489.393, 5.204.894, 3.497.655, 9.107.847, 8.010.608, 6.696.689, 3.038.408, 9.051.984 y 8.012.890, en su orden, de este domicilio. Contra la ciudadana LIBIA DEL CARMEN MÁRQUEZ ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, viuda, titular de la cédula de identidad número 12.776.480, de este domicilio, en la forma por ellos expresada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 264 ejusdem. En consecuenc.....