"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección de la Partida de nacimiento del ciudadano Carlos Enrique Calderón Salas , ya identificado, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el Nº 79, folio 36 , del año 1934, donde se identifica en dicha acta el nombre del solicitante como "HENRRIQUE", debe decir "ENRIQUE " , por ser lo correcto. Y así se decide..."