En orden a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Defunción de la ciudadana ANSELMA MARQUEZ, interpuesta por los ciudadanos MAURA BUITRAGO MARQUEZ, MARIA BUITRAGO MARQUEZ, MARIA EDILIA BUITRAGO MARQUEZ, RAMONA BUITRAGO MARQUEZ Y HIPOLITO BUITRAGO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de estado civil solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 8.770.947, V-11.461.581, V-10.902.305, V-10.716.155, y V-10.902.306, domiciliados en la Parroquia Pueblo Nuevo del Sur, Municipio Sucre del Estado Mérida y civilmente hábiles, signada bajo el Nº 10, folio 10 y vuelto, de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil nueve (2009).-
SEGUNDO: En consecuencia, corríjase en dicha Acta de Defunción, signada con el Nº 10, folio 10 y vue.....