Por lo antes expuesto, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: SE REVOCA de oficio el BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO como fórmula de cumplimiento de la pena, al penado Destacamentario JOSÉ JOAQUIN HERNÁNDEZ HERRERA, (indocumentado) dice ser titular de la cédula de ciudadanía colombiana E-10.116.325, natural de Medellín Departamento de Antioquia Colombia, herrero metalúrgico, nacido el 11-10-1949, hijo se Fabiola Herrera y José Hernández, residenciado en el Barrio Santander, avenida 60, N° 19-60, Cúcuta Colombia (según sentencia condenatoria de fecha 25-10-2000), desconociéndose actualmente, su dirección, reportando como última dirección Riberas de Torbes N° 16-700, vía Barrancas, San Cristóbal Estado Táchira, (en fecha 11-12-2003 folio 118) de conformidad con lo prev.....