HOMOLOGA la transacción de las pretensiones principal y accesorias que forman del presente expediente, hecha por los ciudadanos JOSEFA EMILIA ZAMBRANO DE DI VITO, ORIELA COROMOTO DI VITO ZAMBRANO, LUIS ALBERTO DI VITO ZAMBRANO y RICARDO CARRERO QUIÑONES, mayores de edad, venezolanos, viuda la primera casados la segunda y cuarto, soltero el tercero, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.293.103, 9.397.542, 9.397.543 y 7.524.120, respectivamente, y domiciliados en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio FAYE COROMOTO CORTEZ FLORES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el N° 88.949, titular de la Cédula de Identidad N° 12.352.800, teléfono 0414-7459374, correo electrónico fayecortez@gmail.com y el ciudadano JEAN CARLO DI VITO RAMIREZ, mayor de edad, venezolano, casado, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 7.231.548, teléfono 0414- 3750604 y domicili.....