declara: SIN LUGAR la MODIFICACION DEL EJERCICIO LA CUSTODIA, incoada por el ciudadano FRANK SEBASTIANO RICCIARI RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.022.546, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Mérida, progenitor de los ciudadanos niños OMITIR NOMBRES, de once (11), nueve (09) y ocho (08) años de edad, respectivamente, debidamente asistido por la FISCALIA NOVENA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, en contra de la ciudadana KEILA EDREY ARAUJO ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.655.275, domiciliada en el Municipio Libertador del Estado Mérida, progenitora de los mencionados niños, en consecuencia, la progenitora continua en el ejercicio de la Custodia de los ciudadanos niños OMITIR NOMBRES, de once (11), nueve (09) y ocho (08) años de edad respectivamente