este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÒN EL VIGIA, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la aprehensión en situación de flagrancia del imputado de autos, ARAUJO TERAN VICTOR MANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.436.541, soltero, de 26 años de edad, nacido en fecha 12-07-84, agricultor, hijo de ARAUJO VICTOR Y TERAN OLIVA , natural de Caracas, Distrito Capital, residenciado en el sector Andrés Bello, vía zona nueva, casa F-26, del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, y /o Finca Mi Recuerdo, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre El derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en armonía con lo establecido en el numeral 4 del articulo 15 de la precitada Ley, en perj.....