Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 318 numeral 3 ejusdem a favor de EDWIN JOSE UZCATEGUI MONSALVE, venezolano, soltero, de 22 años de edad, titular de la cédula N° V-19.319.760, nacido en fecha 23-07-85, de profesión u oficio Herrero, hijo de Edilio Enrique Uzcategui y Leydys Margarita Monsalve, residenciado en el sector la playita, caño Negro, Vía el Aeropuerto, casa N° l0-59, El Vigía, Estado Mérida; por el delito el delito de VOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el der.....