Con base en las anteriores consideraciones, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, conforme a los artículos 292, 293, 294 y 296 del Código Orgánico Procesal Penal, admite la querella presentada por el ciudadano Sixto Moreno Peña, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.033.340, de 45 años, agricultor, residenciado en el sector La Toma, Caserío Monte Verde, casa sin número, Mucuchíes, Municipio Rangel del Estado Mérida, representado por los abogados Orlando Rincón Sánchez y José Gerardo Rincón Sánchez, contra el ciudadano Víctor Hugo Sánchez, venezolano, de 54 años, soltero, comerciante, residenciado en la Av. Las Américas, Residencias El Rodeo, Edificio "F", apartamento N° 6-3, Mérida, Estado Mérida, por ser el presunto autor de los delitos de Estafa Agravada Continuada, Extorsión, Injuria y Agavillamiento, previstos.....