IV
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano DANIEL RAMON SANDREA SALCEDO, venezolano, mayor de edad, cedulado con el Nro. 13.677.952, casado, comerciante, domiciliado en la Parroquia Presidente Páez, sector I, vereda 4, casa Nro 03 de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, y reconocida por la ciudadana GREGORIA DEL CARMEN ARRIETA DE SANDREA, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, cedulada con el Nro. 10.244.549, domiciliada en la calle 10, casa Nro. 41, parroquia Presidente Páez de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
Como consecuenc.....