Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 46 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda AMPLIAR EL RÉGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de UN (01) Año y SEIS (06) MESES , a favor del acusado: EZEQUIEL DUARTE MERIDIANO, de nacionalidad Colombiana, natural de Agua Clara Norte de Santander, titular de la cédula de Identidad N° V.-23.228.143, fecha de nacimiento 17-10-1958, de 50 años de edad, profesión Operador de Máquinas, casado, hijo de Juan Alberto Dávila (V) y de Inés Meridiano (F), residenciado en el Sector Caño Amarillo, Bloque 10, apto. 3, El Vigía Estado Mérida y actualmente laboró en la Hacienda Caño Amarillo, Propiedad de la ciudadana Herlinda García, y en consecuencia el mismo deberá cumplir con las condiciones que le f.....