Por las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 01, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DELE STADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE AUTORIZA: el permiso de TRASLADO al penado EVER GONZÁLO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V. 13.021.319, a partir del día 28-01-2009, en razón a que el referido penado conozca y realice los trámites relacionados con el reconocimiento legal de su menor hija Luz Evelin Zambrano Rivas en el Registro Civil y la dirección del domicilio es Calle Principal Libertador, a media cuadra del Comando de la Guardia Nacional, casa N° 017, El Vigía, Estado Mérida.
Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 479, 479 Y tercer aparte del 531 todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 30, 49, 56, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venez.....