Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud formulada por el Ministerio Público de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 numeral 1 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el imputado de autos falleció y en consecuencia la acción penal se ha extinguido, a favor y beneficio del imputado de autos que en vida respondía al nombre de TOMMASO DI ZIO MERCANTE, italiano, soltero, portador de la cédula de identidad número E- 81.151.499, comerciante, domiciliado en el Barrio Bolívar, Galpón Mavica, parroquia Presidente José Antonio Páez, de esta población de El Vigía del estado Mérida, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.....