Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado VICTOR GREGORIO PINEDA SEPULVEDA, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.637.507, de estado civil soltero, nacido en fecha de nacimiento 25-02-1990, bachiller, de profesión u oficio chofer, hijo de Víctor Gregorio Pineda Noguera (f) y María Oliva Sepulveda viuda de Pineda (v), domiciliado en Barrio Bolívar, avenida 2 con calle 1, casa N° 1-2, frente a la recuperadora de Cartón, El Vigía, estado Mérida, teléfono 0275-8810090 y 0424-7638189; por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 277 del Código Penal y artículo 9 .....