En consecuencia, este Tribunal conforme a lo solicitado acuerda: Primero: Oficiar a la Empresa de Seguridad 24 Horas C.A., ubicada en la avenida Andrés Bello, Centro Empresarial Las Delias, Local Nº 1, planta baja de la ciudad de Mérida Estado Mérida, a los fines de que se le descuente de la nómina de pago del ciudadano ALBINSON ENRIQUE CONTRERAS MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Supervisor de Vigilancia, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.828.765, domiciliado en la avenida Andrés Bello, Centro Empresarial Las Delicias, Local Nº 01, Planta Baja, Municipio Libertador del Estado Mérida, la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 3.362,00), correspondiente a la deuda de la obligación de manutención y bonos especiales del niño ALBINSON YOSUE CONTRERAS INOSTROZA, de cinco (05) años de edad, desglosados en la siguiente forma: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: 1.- Los meses de Agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2007; enero, fe.....