Dispositiva: Con base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
1. Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Mérida, contra el ciudadano Coromoto Norberto Colmenares Parada, quien es venezolano, de 79 años de edad, titular de la 1.200.422, nacido en fecha 08-06-1929, residenciado en la Urbanización Fray Juan Ramos de Lora, calle Dages Monsant Nº 59, Santa Juana, Mérida, teléfono 2632980, por ser el presunto autor del delito de Homicidio Culposo, previsto en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Diogmary Rivas Ruiz, conforme a los artículos 330, numeral 1° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal.
2. Conforme al artículo 330, numeral 9° y artículo 331, nu.....