Por tanto, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, le otorga el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, a la penada, ciudadana: ELIDA DEL CARMEN SÁNCHEZ SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cédula de identidad No. 8.024.404, domiciliada en avenida 16 de septiembre al lado de la cauchera "Pica Pica" casa No. 47-17, Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, hasta el día: 26 de Mayo de 2013, fecha en la que termina de cumplir la pena corporal impuesta en la Sentencia Condenatoria.
El Tribunal le impone las siguientes condiciones:
1) Mantenerse activa laboralmente.
2) Mantenerse alejada de personas relacionadas con cualquier tipo de actividad delictiva y evitar amigos d.....