Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Ordena la aprehensión del ciudadano SILVEIRO ALFONSO CASTELLANO GARCÍA, nacionalidad venezolano, natural de San Cristóbal, fecha de nacimiento 16-01-1962, de 55 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.201.419, ocupación mecánico, hijo de Silveiro Castellanos y de Ana Cruz García, residenciado en la urbanización Primero de Mayo, casa 13-88, El Vigía, estado Mérida, antes identificado, por su participación como autor en el delito de Robo Agravado frustrado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 eiusdem en perjuicio de CORPOSALUD, Henry Elí Bautista Guzmán y Nelson Enrique Negrete Cárdenas, quien fue condenado a cumplir la pena de nueve (9) años de prisión. SEGUNDO: Ofí.....