PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, por los abogados LUIS ALBERTO MARTÍNEZ MARCANO y DÁMASO ROMERO, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, como agraviados, contra la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 01 de marzo de 2006, a cargo del abogado JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO, en su carácter de Juez Temporal, por la violación de los derechos constitucionales al debido proceso, el derecho a la defensa, el derecho a obtener con prontitud la decisión correspondiente y la garantía de una justicia sin reposiciones inútiles, consagrados en los artículo 26 y 49 cardinales 1 y 8, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se anula la sentencia proferida en fecha 1º de marzo de 2006, por el Juez Temporal a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Merc.....