En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de los ciudadanos: LUIS RAMÓN MANCILLA, titular de la cédula de identidad Nº 11.216.502, residenciado en el Barrio La Inmaculada, Av.10, casa s/n El Vigía, Estado Mérida; y FERNÁNDEZ RAMÍREZ LUIS ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 12.354.483, residenciado en la Aldea la Onda, casa s/n, Estado Mérida, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 4º y 6º; en perjuicio del ciudadano VELÁZQUEZ DÍAZ TOBÍAS, titular de la cédula de identidad Nº 3.498.199, residenciado en la calle principal, Urbanización La Trinidad, Nº 32, El Vigía, Estado Mérida, igualmente por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado y s.....