este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: REDIME el lapso de: DOS (02) MESES, DIECINUEVE (19) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado ABDALAH DORES KHALED MOHAMMAD, venezolano, natural de Betijoque, estado Trujillo, de 35 años de edad, portador de la cédula de identidad Nº 17.832.137, con fecha de nacimiento 18.03.1975, de estado civil soltero, de profesión comerciante, residenciado en Tucaní, sector Zona Nueva, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, Estado Mérida, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina en la población de San Juan de Lagunillas del Estado Mérida; todo de conformidad con los artículos 3, 5, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
SEGUNDO: Al elaborar el cómputo actualizado conforme al artículo 482.....