"(...) PRIMERO: Este Tribunal de Control ADMITE totalmente La Acusación presentada en contra del investigado, ciudadano: JESUS ALBERTO FIGUERA NIETO, venezolano, mayor de edad, natural de Tabay, Estado Mérida, con fecha de nacimiento 31-01-1960, hijo de Andrés Figuera y Ada Nieto, de 49 años de edad, soltero, de profesión latonero, titular de la cédula de identidad N° V-8.038.553, domiciliado en La Joya, Sector El Arenal, en una Finca, Municipio Santos Marquina del Estado Mérida, por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público en todas y cada una de sus partes, por cumplir con los requisitos formales contenidos en el Artículo 326 del Código Adjetivo Penal, en relación con el Artículo 330 numeral 2° Ejusdem, al igual que admite la totalidad de Las Pruebas Ofrecidas por el Ministerio Público e incluidas en la misma Acusación en el capitulo referente a los Elementos de Prueba, por considerar que las mismas son útiles, pertinentes y necesarias en orden al descubrimiento de la verdad y .....