Por lo antes expuesto, éste Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor de la penada IDALIS MARIA TAPIA AGUILAR venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 22.660.857, natural de Cienaga, Magdalena República de Colombia, nacida en fecha 16-05-1959, de 49 años de edad, soltera, oficios del hogar, estudió hasta el cuarto año de bachillerato, hijo de Dionisio Tapia (d) y de Pabla Aguilar (d), domiciliada en Onia, Sector Santa Isabel II, casa s/n, entrada a la bloquera, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida (TLF.0424-7182300), por ser la autora, culpable y responsable de la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES COMO COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artí.....