PRIMERO: Califica la aprehensión del imputado JESÚS DAVID MÉNDOZA SAYAGO venezolano, edad 18 años, fecha de nacimiento 22-08-87, profesión comerciante, titular de la cédula de identidad nro. V-18.880.825, hijo de Ninfa María Mendoza Sayago y de padre desconocido, domiciliado en El Entable, Los Curos, vereda 6, casa nro. 06, Mérida, estado Mérida (cerca de la Farmacia Divino Niño), como FLAGRANTE tal como lo dispone el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acepta la petición de instrumentar, en lo sucesivo el presente trámite por los cánones del procedimiento abreviado, de conformidad con los artículos 372 y 373 eiusdem
TERCERO: Considerada la petición de la defensa este Tribunal estima pertinente imponer al imputado JESÚS DAVID MÉNDOZA SAYAGO venezolano, edad 18 años, fecha de nacimiento 22-08-87, profesión comerciante, titular de la cédula de identidad nro. V-18.880.825, hijo de Ninfa María Mendoza Sayago y de padre desconocido, domiciliado en El Entable, Los .....