En consecuencia Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por ciudadano Fiscal del Ministerio Público en contra del ciudadano JAVIER NELAN VIVAS PÉREZ venezolano, natural de la Tariba, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° 9.229.232, de estado civil casado, de 39 años de edad, nació en fecha 04-05-66, de profesión u oficio, comerciante, hijo de MARIAELENA PEREZ y SILVERIO VIVAS CONTRERAS, domiciliado en La Inmaculada, Avenida 12, casa 9-32, al frente de templo evangélico, El Vigía, Estado Mérida, por el delito de ESTAFA previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión del hechos, hoy 462 del vigente Código Penal, cometido en perjuicio de PEREIRA RAMÍREZ CARLOS HUMB.....